A continuación les informamos de la principales novedades del la REFORMA FISCAL del IVA incluidas en la Ley 28/2014, y que entran en vigor a partir 1 de enero 2015, salvo algunas excepciones que se comentan:
- El tipo impositivo aplicable a las flores y plantas vivas de carácter ornamental disminuye del 21% al 10% a partir de 1 de enero de 2015
- Se incrementan los tipos impositivos de algunos productos sanitarios:
- Pasan a tributar del 4% al 21% las sustancias medicinales y los productos intermedios susceptibles de ser utilizados en la obtención de medicamentos para uso humano.
- Pasan a tributar del 10% al 21% las sustacias medicinales susceptibles de ser utilizados en la obtención de medicamentos para uso veterinario, así como los equipos médicos, aparatos y demás instrumental usado con fines veterinarios.
- Se modifica la regulación del régimen especial de las agencias de viaje.
- Todos los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y los prestado por vía electrónica tributaran en destino.
- Quedaran sujetas al IVA las entregas de objetos publicitarios cuando el coste total de los suministros a un mismo destinatario durante el año natural exceda de 200€.
- En relación con las exenciones inmobiliarias, se modifica la excepción a la exención en la transmisión de suelo urbanizado o en curso de urbanización, suprimiendo la exigencia de que la transmisión sea realizada por el promotor. También se suprime la exención aplicable a las entregas y adjudicaciones de terrenos realizadas entre la Junta de Compensación y los propietarios, y se modifica la regulación de la renuncia a la exención del IVA en operaciones inmobiliarias.
- Se amplía el ámbito de aplicación obligatoria de la prorrata especial, al disminuir del 20% al 10% la diferencia admisible en cuanto a montante de cuotas deducibles en un año natural.
- Entra en vigor a fecha 1 de enero del 2015 la regla de inversión del sujeto pasivo a la entrega de plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semielaborado.
- A partir del 1 de abril de 2015, entrará en vigor el nuevo supuesto de aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo a las entregas de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.
- Con efectos a partir de 1 de enero de 2016, se reducen los límites que permiten aplicar al régimen simplificado de IVA y también el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.