domingo, 15 de febrero de 2015

REFORMA FISCAL DEL IVA






A continuación les informamos de la principales novedades del la REFORMA FISCAL del IVA incluidas en la Ley 28/2014, y que entran en vigor a partir 1 de enero 2015, salvo algunas excepciones que se comentan:


  • El tipo impositivo aplicable a las flores y plantas vivas de carácter ornamental disminuye del 21% al 10% a partir de 1 de enero de 2015
  • Se incrementan los tipos impositivos de algunos productos sanitarios:
    • Pasan a tributar del 4% al 21% las sustancias medicinales y los productos intermedios susceptibles de ser utilizados en la obtención de medicamentos para uso humano.
    • Pasan a tributar del 10% al 21% las sustacias medicinales susceptibles de ser utilizados en la obtención de medicamentos para uso veterinario, así como los equipos médicos, aparatos y demás instrumental usado con fines veterinarios.
  • Se modifica la regulación del régimen especial de las agencias de viaje.
  • Todos los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y los prestado por vía electrónica tributaran en destino.
  • Quedaran sujetas al IVA las entregas de objetos publicitarios cuando el coste total de los suministros a un mismo destinatario durante el año natural exceda de 200€.
  • En relación con las exenciones inmobiliarias, se modifica la excepción a la exención en la transmisión de suelo urbanizado o en curso de urbanización, suprimiendo la exigencia de que la transmisión sea realizada por el promotor. También se suprime la exención aplicable a las entregas y adjudicaciones de terrenos realizadas entre la Junta de Compensación y los propietarios, y se modifica la regulación de la renuncia a la exención del IVA en operaciones inmobiliarias.
  • Se amplía el ámbito de aplicación obligatoria de la prorrata especial, al disminuir del 20% al 10% la diferencia admisible en cuanto a montante de cuotas deducibles en un año natural.
  • Entra en vigor a fecha 1 de enero del 2015 la regla de inversión del sujeto pasivo a la entrega de plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semielaborado.
  • A partir del 1 de abril de 2015, entrará en vigor el nuevo supuesto de aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo a las entregas de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.
  • Con efectos a partir de 1 de enero de 2016, se reducen los límites que permiten aplicar al régimen simplificado de IVA y también el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.




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