viernes, 8 de noviembre de 2019

¿CUANDO PASAR DE AUTÓNOMO A SOCIEDAD LIMITADA?







En primer lugar vamos a explicar brevemente que es una sociedad limitada. Una sociedad de capital con personalidad jurídica propia es una persona jurídica. Para crear una sociedad limitada será necesario firmar una escritura pública ante notario e inscribirla en el correspondiente registro mercantil de nuestra provincia. La sociedad puede estar constituida por varios socios o uno solo en este caso sería una sociedad limitada unipersonal. El capital mínimo para crear una sl es de 3.000€ que puede ser aportado en dinero o bien por bienes (inmuebles, vehículos, ordenadores, maquinaria, etc...), si bien existe la posibilidad de crear una sociedad limitada en formación sucesiva que puede tener un capital inferior a 3.000€. En cuanto a la responsabilidad ante la deudas, los socios solo responden por el capital aportado, es decir, será la sociedad la responsable en caso de deudas, sin duda esta es la diferencia fundamental y una de la mas importantes con respecto a los autónomos, ya que estos responden también con su patrimonio personal.

¿Cuando pasar de autónomos a sociedad limitada?

Fiscalidad

Los autónomos tributan por el IRPF, la tributación del IRPF va por tramos, cuantos más beneficios tengas más pagarás. Las tablas del IRPF para este años son las siguientes:


  • De 0 a 12.450 €  - 19%
  • De 12.451 a 20.200 €  -  24%
  • De 20.201 a 35.200 €  -  30%
  • De 35.201 a 60.000 €  -  37%
  • Más de 60.001 €  -  45%

Como podemos observar en la tabla anterior conforme suben nuestros ingresos va ascendiendo la carga impositiva. Sin embargo la tributación en una sociedad limitada es fija

ya que tributa por el Impuesto de Sociedades, cuyo tipo general es del 25%. Además, existe un gravamen reducido para empresas de nueva creación, pymes, microempresas, emprendedores, etc... el cual es de un 15% los dos primeros años.

Esta diferencia provoca que compense tributar como sociedad cuando los ingresos sean altos. Así no tendremos que pagar más, sino que la cuota será fija (el 25%). Por lo tanto, será recomendable pasar de autónomo a Sociedad Limitada cuando empecemos a facturar por cifras superiores a 35.000€.

Responsabilidad:

En caso de deudas y problemas económicos, la forma de hacer frente a esos impagos es diferente si eres autónomo o empresa. En caso de ser autónomo, deberás responder antes esas deudas con tu patrimonio personal, presente y futuro (artículo 1911 del Código Civil). Esto quiere decir que si alguna vez no puedes hacer frente a tus pagos, como la cuota de autónomos, los proveedores, los alquileres, etc... los acreedores pueden saldar tus deudas con tus bienes personales.

En cambio, en las Sociedades Limitadas sí que hay protección del patrimonio personal. La responsabilidad de los socios se reduce al capital aportado por cada uno de ellos. Así que si aportarse los 3000 € necesarios para construir la sociedad, solo arriesgarás ese capital, ya que la sociedad responde con sus propios bienes.

Financiación:

Para un autónomo es mucho más difícil obtener financiación que para una Sociedad Limitada. Y es que la mayoría de los bancos les solicitan una mayor cantidad de avales.

A la hora de trabajar con algunas empresas, es necesario ser una Sociedad Limitada. Estas necesitan conocer la solvencia, garantía del suministro y otros datos que solo pueden saber si eres una sociedad ya que estos datos no se registran para los autónomos. Por lo tanto te otorga mayor capacidad de negociación con entidades financieras y con otras empresas.

En resumen nos interesa pasar de autónomo a sociedad limitada cuando se den alguna de las siguientes condiciones:


  • Tus ingresos superen los 35.000 € y quieres invertirlos en tu empresa.
  • Quieres proteger tu patrimonio personal frente a las deudas de la sociedad.
  • Buscar financiación o trabajar con otras empresas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario