viernes, 8 de noviembre de 2019

PLACAS VERDES ¿QUÉ SON?







Una placa verde es una matrícula temporal que emite la DGT para aquellos vehículos de particulares que aún no tiene la matrícula ordinaria, como puede ocurrir, por ejemplo, en el caso de la compra y traslado de un vehículo extranjero a nuestro país, o viceversa. 

Todo ciudadano de la UE debe matricular su vehículo en el estado donde reside habitualmente, siendo los estado miembros los encargados de regular libremente esta materia, ya que de momento aún no se encuentra homogeneizada entre países.

La legislación española indica que hay que matricular definitivamente el vehículo dentro de los 30 días siguientes al inicio de su utilización dentro del estado. Por ello, es necesario acudir a cualquier estación ITV, para emitir la ficha técnica española y posteriormente tramitar una matricula ordinaria. En el caso que se nos pase el plazo de los 30 días, en ese caso, se debe solicitar un permiso provisional de circulación a la DGT, en el caso de vehículos particulares, se denomina placa verde; una matrícula verde temporal que permite circular mientras se tramita la ficha técnica ITV. Posteriormente se tendrá que tramitar la matricula ordinaria. La validez para este tipo de placas verdes es de 60 días.

También se puede solicitar la placa verde para el traslado del vehículo al extranjero, para los vehículos no matriculados será necesario la tarjeta electrónica (NIVE) o tarjeta de ITV en formato papel con diligencia de venta o en su defecto, factura. Ademas será necesario acreditar si el traslado es a un país no comunitario mediante el DUA (Documento Único Administrativo) expedido por la Aduana. Para vehículos matriculados será necesario la baja definitiva por traslado a otro país (la ITV deberá estar en vigor. En ambos casos la validez será de 60 días.



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